La función social del periodismo tiene las siguientes finalidades básicas:
El tratadista mexicano Fernando Reyes Matta afirma que la concepción de ‘bien social’ de la información racionaliza el acceso y la participación en ella, reubica el derecho a la información como un derecho delegado, y en cuyo ejercicio la comunidad puede orientar, exigir o cuestionar el proceso y sus medios.
“La sociedad, los individuos, los grupos sociales, las organizaciones de la sociedad civil, son los verdaderos poseedores del derecho a la información. Ese fue el gran logro de los plebeyos ante los reyes europeos, tener derecho a que se les informara de todo cuanto sucediera en el respectivo reino. Ahí radica el principio internacionalmente reconocido y aceptado dentro de los Derechos Humanos.
“Posteriormente, y ante la necesidad de procesar esa información y transmitirla en condiciones claras y entendibles al pueblo, aparecen los voceros o informadores y posteriormente los periodistas, que nacen con la creciente necesidad de las gentes de conocer más detalles y profundizar sobre determinados aspectos de la vida diaria. Allí ya aparecen dos derechos, el primario, informarse y el segundo informar”. (Mito y realidad; Lilyam Sarmiento-Mario Ramírez).