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La Democracia y la Constitucion en Colombia


La democracia  es una de las construcciones políticas más elaboradas de los hombres y las mujeres; aunque como forma de gobierno y organización social tiene limitaciones, hasta el momento constituye uno de los mayores logros organizativos de la especie humana.
En la democracia, autoridad y poder son expresiones de las relaciones entre diferentes grupos y personas.

Se dice que la democracia es un gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, entonces, uno de los principales propósitos de la democracia es que todo ciudadano partícipe activamente en la toma de decisiones y que toda la comunidad se beneficie con los acuerdos, pactos o leyes establecidas.


La democracia surgió en Atenas, Grecia, hacia el siglo V a. de C., como forma de gobierno y organización social que se opone a la

concentración del poder en manos de una persona o de un grupo reducido de personas.  Los fundadores de la democracia consideraron que los ciudadanos estaban en capacidad de  decidir  sobre los asuntos comunitarios; por lo tanto debe construirse una forma de gobierno en el cual todos los ciudadanos estuvieran en igualdad de condiciones políticas.

En Atenas, las personas acostumbraban reunirse en lugares públicos para discutir sobre las situaciones y los problemas que afectaban a la ciudad y a sus habitantes; allí se proponían temas de interés general  para ser discutidos entre los asistentes, quienes intervenían y presentaban sus puntos de vista, esto les permitió a los atenienses construir relaciones de poder y autoridad basados en el reconocimiento de lo diverso.

A lo largo de la historia, la democracia se ha practicado en forma directa e indirecta.  La democracia directa consiste en que los ciudadanos se reúnen y cada uno expresa sus puntos de vista, discuten y finalmente, por medio del voto, toman la decisión que más les convenga; ésta se aplicó en Atenas en el Ágora (plaza pública). La democracia indirecta se caracteriza porque los ciudadanos participan en las decisiones políticas y en el gobierno, a través de un grupo de representantes escogidos por voto popular, por eso se le llama democracia representativa; esta democracia supone que toda persona es consciente y responsable, para elegir a las personas más capaces y honestas. Este mecanismo se estableció como forma para facilitar la discusión y la toma de decisiones.

La democracia frente a otras formas de gobierno tiene beneficios, al menos en teoría, como:

  • Distribuye el poder político  entre varias personas, lo que impide una dictadura o un gobierno autoritario.  Además, cuenta con mecanismos de control o fiscalización encargados de supervisar a los gobernantes y a los funcionarios públicos.
  • Promueve unas relaciones sociales más justas, porque considera a todas las personas iguales ante la ley y se preocupa por la difusión de los derechos humanos.
  • Permite el disenso, es decir, facilita la posibilidad de manifestar ideas en contra de alguna acción o decisión de los gobiernos, reconociendo, respetando y dando espacio a las minorías.  En las democracias, los gobernantes deben responder ante los electores mediante un gobierno basado en el respeto y el desarrollo y están obligados a respetar a sus opositores.
  • Motiva la convivencia pacífica de diferentes grupos ideológicos y políticos. Promueve el pluripartidismo, es decir, la existencia y participación de varios partidos políticos en un país.  En la mayoría de naciones americanas existen dos (2) o más partidos o movimientos políticos.


La democracia establece que todos los ciudadanos, incluido el Presidente de la República, deben actuar de acuerdo a las leyes.


En la actualidad, Colombia está regida por la Constitución de 1991 que reconoce la división del poder público en las ramas ejecutiva, legislativa y judicial.  En la Constitución política, la justicia aparece como un derecho de todo ciudadano y establece que las personas encargadas de administrar la justicia deben cumplir  de manera neutral lo que dicen las leyes.
Las personas o funcionarios encargados de impartir justicia en Colombia, según la Constitución, son:

  • Los jueces,  a quienes les corresponde resolver situaciones de conflicto entre la sociedad civil, mediante la aplicación de la ley. En los municipios colombianos los jueces de la República deben atender las problemáticas que surgen entre los ciudadanos, así: un juez promiscuo, atiende conflictos familiares, pleitos civiles o problemas de tipo penal; es decir, es la autoridad encargada de administrar justicia.  En las grandes ciudades del país como Cali, Barranquilla, Medellín y Bogotá, existen juzgados especializados, como juzgados de familia, juzgados civiles y juzgados penales.

    Cuando los jueces concluyen un proceso emiten veredicto o fallo que debe ser cumplido por las personas comprometidas en la situación y si las personas no acatan el fallo pueden ser sancionadas.
  • Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que tienen la responsabilidad de juzgar al presidente de la República, a los integrantes del Congreso, a los ministros, al fiscal, al contralor, al procurador general de la nación, al defensor del pueblo y a los funcionarios que desempeñan altos cargos públicos.
  • Los magistrados del Consejo de Estado que son los consultores del gobierno en asuntos administrativos y constitucionales.
  • Los magistrados de la Corte Constitucional que son los encargados de declarar constitucional o inconstitucional las demandas o peticiones de los ciudadanos frente a las leyes.


Es responsabilidad de los jueces y magistrados mantener el equilibrio moral y legal de la sociedad, pues de eso depende que el cumplimiento de las leyes tenga reconocimiento social.  Por eso, la neutralidad o imparcialidad, la tolerancia y la honestidad son virtudes indispensables en los integrantes del sistema de justicia colombiano.

La ley señala que toda persona es inocente hasta que no se demuestre su culpabilidad, así que, la función de un juez o magistrado, frente a un presunto infractor de la ley, es adelantar un proceso para recoger la mayor cantidad de información y pruebas para determinar si el sospechoso es inocente o culpable.

Es tarea del juez establecer la pena o sanción que debe pagar la persona a quien  la ley ha declarado culpable; en caso de demostrarse inocencia, las autoridades deberán tomar las medidas necesarias para compensar a este ciudadano, por el daño causado.


La  Fiscalía General de la Nación se creó en 1991 y forma parte de la rama judicial; su propósito es investigar a quienes cometen delitos y denunciarlos ante los juzgados o tribunales competentes, para lo cual debe presentar pruebas.

Los juzgados o tribunales reciben las acusaciones de la Fiscalía y deciden sobre la inocencia o la culpabilidad de la persona y sobre la pena que debe cumplir, en caso de ser responsable de la infracción.

Es de anotar, que las leyes y normas en Colombia son una construcción colectiva o social, por un grupo de personas facultadas para esa tarea.  Ellos son los miembros del Congreso de la República, una institución dividida en dos (2) cuerpos legislativos: el Senado y la Cámara de Representantes.

Así, las leyes son el producto de la construcción humana que tiene el principio de la derogabilidad, contemplado en las constituciones democráticas que permite que la ley pueda ser modificada cuando la mayoría considere que es injusta o cuando las condiciones históricas de una nación lo exijan.  Un ejemplo, es el caso de la Asamblea Nacional Constituyente, que dio origen a la Constitución de 1991, la cual reúne a setenta personas escogidas por medio de elecciones democráticas, para elaborar una nueva constitución, pues la de 1886 ya no respondía a las necesidades de los colombianos.

Como algunos funcionarios pueden abusar del poder, es necesario que existan mecanismos de vigilancia de las actividades de los funcionarios públicos y de todas las personas que tienen poder social; estos organismos de control son instituciones por medio de las cuales, todo ciudadano puede denunciar las irregularidades que se presenten entre los trabajadores del Estado o entre personas particulares.


Los organismos de control pueden fortalecer o debilitar el sistema de justicia del país; si cumplen estrictamente sus funciones es posible que se minimicen los casos de corrupción, de abuso de la autoridad, de excesos de poder y todo tipo de situaciones que afecten el ejercicio de la justicia.

La Constitución de 1991  contempla como principales organismos de control: El Ministerio Público o Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo y  como mecanismos para que las comunidades tengan la posibilidad de intervenir directamente en la fiscalización del Estado son: las veedurías ciudadanas, las Juntas  Administradoras Locales (JAL) y las personerías municipales.

El Ministerio Público tiene como función promover los derechos humanos, defender el interés público y vigilar la conducta de los funcionarios públicos.  La máxima autoridad del Ministerio Público es el procurador general de la nación, quien es elegido por el Senado, para un período de cuatro (4) años.  Son  también parte de este organismo, el defensor del pueblo (La Defensoría del Pueblo es un organismo a cargo de defensor del pueblo y su labor es la promoción, aplicación y divulgación de los derechos humanos); los procuradores delegados y los personeros municipales (son los representantes del municipio ante el Ministerio Público, son elegidos por el Concejo Municipal, para un período de tres (3) años y su función es verificar el cumplimiento de los derechos humanos, proteger el interés público y vigilar la conducta de las personas que desempeñan cargos públicos en el municipio).

La Contraloría General de la Nación es el organismo de control fiscal, es decir, el encargado de fiscalizar el manejo de los dineros que se recogen por concepto de pago de impuestos.  A la contraloría le corresponde vigilar el uso adecuado de los recursos patrimoniales del Estado y su máxima autoridad es el contralor, quien es elegido por el Congreso de la República.
La justicia se ha practicado en las sociedades democráticas, se ha visto enfrentada a muchos dilemas que cuestionan su rapidez y eficiencia; la lentitud y las dificultades económicas de los juzgados, han motivado el desarrollo de otros modelos de justicia denominados justicia alternativa.

La justicia alternativa surge en Francia e Italia entre 1960 y 1970 y se difunde después en otros países del mundo; ésta se basa en la idea de que algunos conflictos pueden ser resueltos por medio de un diálogo, en el que las personas lleguen a acuerdos.   Su propósito final es buscar soluciones intermedias, a través de las cuales las partes en conflicto se sientan conformes.

En Colombia, la Constitución política de 1991 creó figuras y mecanismos de justicia alternativa como los jueces de paz y las casas de justicia.  Esta figura tiene como función generar procesos de conciliación entre las personas con diferencias, evitando que acudan a la justicia ordinaria.

La justicia alternativa descongestiona de trabajo a las entidades encargadas de administrar justicia y permite desarrollar en las personas la autonomía y la autorregulación de sus comportamientos, condiciones indispensables para una formación democrática.

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